El artículo 28 de La Ley del Seguro Social, establece que los asegurados (trabajadores) se deberán inscribir (por parte del patrón) con el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación, estableciéndose como límite superior el equivalente a veinticinco (25) veces UMA y como límite inferior el valor UMA.
Calculo del salario diario integrado:
Para obtener el SDI, se debe obtener el salario diario integrado fijo para sumar finalmente el promedio de percepciones variables: