El ISR alcanza a las personas físicas y morales que sean residentes de México o bien, obtengan sus ingresos de fuentes ubicadas en el territorio nacional.
Tanto las personas físicas como morales deberán únicamente abonar este impuesto si poseen ingresos, en cualquiera de las siguientes categorías:
Actividades profesionales
Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
Intereses obtenidos
Premios obtenidos
Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
Enajenación de bienes