​​​​​​​​​​Se realizará el cálculo del Comparativo Anual de ISR​ para un trabajador a quien, dado su ingreso, tiene como resultado un ISR a favor. Los mo​ntos que se van a considerar para el cálculo son: ​

​​Montos Considerados
​Primer dia del año​​​
​01/Enero/2015
​Fecha de ingreso
​10/Octubre/1997
Salario Diario
​$ ​3,500.00
​Totales de percepciones​
​$ 5,384.36
​Ingreso exento
​$ 101.21
​Ingreso anual gravado​
​$ 5,283.15
Impuesto anual reteni​do​​​
​$ 860.88
SUBE anual aplicado​​​
​$ 0.00

​Excedente ISR anual

​$ 101.44


El Monto Gravado se toma como la base de ISR a la cual se aplicará la tarifa del Artículo 97 de la LISR:

Paso 1: Aplicación de las Tarifas para el cálculo del Comparativo Anual ISR:

  • Para un Monto Gravado de $5,283.15 el límite inferior de la tabla nos indica: $0.01

  • El excedente de $5,283.15 - $0.01= $5,283.14

  • Sobre el excedente de $5,283.14, se aplica la tasa correspondiente, en la tabla se indica que corresponde el 1.92%. Por lo tanto, se obtiene un subtotal de $101.44 (Impuesto Marginal).

  • Al Impuesto Marginal se le suma la cuota fija de $0.00

  • Por lo que se determina un ISR sin Subsidio de $101.44

Paso 2: Determinación del pago anual:

  • ​Al excedente ISR anual de $101.44 se resta el SUBE aplicado de $0.00

  • Se obtiene un impuesto a cargo de $101.44

  • Al impuesto a cargo obtenido se le restan los pagos provisionales del ejercicio de $860.88

  • ​Se obtiene ISR a favor del ejercicio de -$759.44​​​​

​​Concepto
​Cantidad
​(=)
​Monto Gravado
​​$ 5,283.15​​
​(-)
​Limite inferior
​$ 0.01
​(=)
​Excedente
​$ 5,283.14
​(x)​% Aplicable​
​1.92%​
​(=)
​Impuesto Marginal
​$ 101.44​
​(+)
​Cuota fija
​$ -
​(=)
​ISR sin subsidio
​$ 101.44
(-)
​Subsidio al Empleo
​$ -​
​(=)
​ISR calculado
$ 101.44

​Excedente ISR anual
​$ 101.44
​(-)
​SUBE aplicado
​$ -
​(=)
​Impuesto a cargo
​$ 101.44
​(-)
​Retenciones ISR provisionales
​$ 860.88
​(=)
​ISR a favor
​$ -759.44​