​La Ley Federal de Trabajo, en su artículo 74, señala que los días de descanso obligatorio son:​

  • 1° de enero: Año Nuevo.

  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero: Aniversario de la Constitución Política de México.

  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo: Natalicio de Benito Juárez.

  • 1° de mayo: Día del Trabajo.

  • 16 de septiembre: Aniversario de la Independencia de México.

  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana.

  • 1° de diciembre: Cambio de poder presidencial cada 6 años.

  • 25 de diciembre: Navidad.

  • El día que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.​