​Ya que así lo indica la Ley de Seguro Social en su Artículo 15: “Los patrones están obligados a:

Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el IMSS, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles; [...]". Con la actualización de los cambios se pagan las cuotas de manera oportuna.