​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​En la siguiente tabla se muestran los exentos de los​ conceptos que se gravan para efectos de pago de cuotas ante el IMSS:​​​​

​Concepto 

​Condiciones Exento​

​Los instrumentos de trabajo como herramientas, ropa y otras similares.

​Exento 100%.

Fondo de ahorro​.

Consulta las Condiciones de exento para IMSS de Fondo de ahorro​.

​Aportaciones adicionales del patrón por cuotas de seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

​Exento 100%.

​Las aportaciones al INFONAVIT y PTU

​Exento 100%.

​La alimentación y habitación. 

​Que sean onerosas (Que se les cobre como mínimo el 20% del valor del UMA vigente por día).

​Las despensas en especie o en dinero.

​Que su importe no rebase el 40% del valor del UMA​ vigente por día.

​Premios por asistencia y puntualidad.

​Que el importe de cada uno no rebase el 10% del SBC (Salario Base de Cotización).

​Las cantidades aportadas para fines sociales.

​Exento 100%.

​El tiempo extra.

​Como lo señala la LFT, no más de tres hrs diarias, tres veces a la semana, el tiempo extra triple grava 100%.